El reconocimiento de créditos es la aceptación por la Universidad de Sevilla, a efectos de la obtención de un título universitario oficial, de:
- Los créditos obtenidos en otras enseñanzas universitarias oficiales.
- Los créditos obtenidos en enseñanzas superiores oficiales no universitarias.
- Los créditos obtenidos en enseñanzas universitarias conducentes a otros títulos.
- La acreditación de experiencia laboral o profesional.
- La participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación.
- Los créditos obtenidos en enseñanzas del Instituto de Idiomas de la Universidad de Sevilla.
Normativa
Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de Sevilla.
Solicitud de reconocimiento de créditos
Los estudiantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la formalización de su matrícula, para la presentación de la solicitud.