La Secretaría del Centro se encuentra situada en la planta baja del Edificio Rojo, es la unidad encargada de la gestión administrativa del Centro: solicitudes e información relacionadas con la matrícula y el expediente académico.
Información de Contacto
Correo electrónico: biosecretaria1@us.es/biosecretaria2@us.es
Teléfonos: 954 55 70 32 / 954 55 70 33
Período de matriculación: Durante el período de matriculación, por favor, utilice el correo electrónico como medio de contacto.
Horario de atención al público
Horario de mañana: De lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 horas
Horario de tarde: martes y miércoles, de 15:30 a 17:30 horas (excepto en periodos de vacaciones).
La semana del 16 al 20 de diciembre de 2024 se atenderá por la tarde los días 18 (miércoles) y 19 (jueves) de 15:30 a 17:30 h.
El día 30 de diciembre, lunes, la Secretaría permanecerá cerrada. Le atenderemos a partir del día 2 de enero en horario de mañana.
Formas de presentar una solicitud o documentación para Secretaría
- Por Registro Electrónico. Las solicitudes y documentación acreditativa dirigidas a la Facultad de Biología se presentarán a través del Registro Electrónico, para ello es necesario estar en posesión del certificado digital.
- El registro electrónico permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas.
- Enlace a la Sede Electrónica Universidad de Sevilla.
- Presencialmente en la Secretaría. No hace falta CITA PREVIA, pero se recomienda en periodo de matriculación para evitar esperas innecesarias. Si utiliza esta deberá consignar, al menos, los siguientes datos:
- Nombre y Apellidos, DNI / NIE/ Pasaporte
- Teléfono de contacto
- Motivo Cita
- Presencialmente en el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en cualquiera de las demás formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- Restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros.
- En cualquier otro lugar que establezcan las disposiciones vigentes.